La venta de vivienda protegida tiene una serie de trámites que se deben cumplir diferentes a los de una vivienda libre. También hay una serie de mitos, como que no se pueden vender hasta que se descalifican, que aclararemos en este artículo.
Cuándo puede efectuarse la venta de vivienda protegida
¿Puedo vender una vivienda protegida cuando quiera?
Por supuesto. Una vivienda protegida se puede vender aún estando vigente su régimen de protección. Lo que varía según cuándo la vendas es la obligación de devolver las subvenciones o lo desgravado. Además, en cualquier caso, quien compre la vivienda tendrá que cumplir los requisitos de acceso a vivienda protegida.
Lo que está prohibido es la donación en los 5 años siguientes a su compra y la permuta en los 3 siguientes.
Cómo se realiza la venta de vivienda protegida
Condiciones
- La parte compradora debe cumplir los requisitos exigidos para el acceso a una vivienda protegida de segunda, que se resumen en:
- Los ingresos familiares ponderados no deben superar 6,5 veces el IPREM
- No debe ser titular del dominio o usufructo sobre alguna otra vivienda
- El precio máximo de venta no puede ser superior al precio del módulo fijado para el correspondiente año por el Gobierno de Navarra.
Os explicamos cómo calcular el precio AQUÍ y esta es la tabla de precios, donde también podéis consultar los ingresos familiares máximos.
- Si se obtuvieron subvenciones o desgravaciones en la compra de dicha vivienda, deben devolverse con anterioridad a la comunicación de la venta al Gobierno de Navarra.
- La vivienda debe disponer del Certificado de Eficiencia Energética antes de publicitarse para su venta o venderse.
- Una vez alcanzado un acuerdo entre la parte compradora y la parte vendedora y antes de acudir a Notaría, de debe comunicar la transmisión al Departamento de Vivienda. El Gobierno de Navarra tiene derecho de tanteo y retracto sobre las transmisiones a título oneroso de viviendas protegidas.
El Gobierno de Navarra dispone de un plazo de 40 días hábiles para notificar su decisión.
Dicha autorización tiene una caducidad de 6 meses.
Más información sobre la Autorización para la Venta de Vivienda Protegida del Gobierno de Navarra AQUÍ
- Una vez producida la venta, la parte vendedora debe entregar al Departamento de Vivienda copia de las escrituras en un plazo máximo de dos meses. Dicha comunicación puede realizarse presencialmente o telemáticamente.
Qué tengo que devolver y cómo si vendo mi vivienda protegida
Antes de 3 años: desgravaciones
Si desgravaste la compra de la vivienda en la declaración de la renta y luego la vendes antes de que pasen 3 años desde la compra, debes devolver los importes desgravados a Hacienda.
También deben devolverse las desgravaciones solicitadas con motivo de la Cuenta Vivienda.
Antes de 5 años: subvenciones
Si obtuviste algún tipo de subvención para la compra de vivienda protegida y la vendes antes de que pasen 5 años, debes devolver las ayudas recibidas.
Las subvenciones se devuelven en su totalidad más el interés de demora.
Esta devolución de ayudas se debe realiza con anterioridad a la comunicación y solicitud de autorización al Gobierno de Navarra para la venta.
No es obligatoria la devolución de las ayudas cuando la vivienda protegida sea objeto de dación en pago o de transmisión mediante procedimiento de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial.
Venta de garajes y trasteros de viviendas protegidas
Las plazas de garaje y trasteros de una vivienda protegida pueden venderse separadamente. Las características de dicha venta son:
- No se devuelve ninguna subvención
- La parte compradora no tiene que cumplir ningún requisito
- No pueden venderse por encima del precio fijado por el Gobierno de Navarra. (Puedes consultar cómo calcularlo la tabla AQUÍ)
- A tener en cuenta: la venta de anejos vinculados a la vivienda requiere la autorización de la Comunidad de Propietarios, que exigirá la fijación de nuevas cuotas de participación.
- El contrato de venta debe presentarse ante el Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra para su autorización.