La Plusvalía Municipal en Navarra «por costumbre» la paga la parte compradora, aunque en el resto del estado, lo hace por ley la parte vendedora. Te resolvemos las dudas más comunes.
¿Qué es la Plusvalía Municipal?
La Plusvalía Municipal es la manera habitual de denominar al Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Este impuesto grava el incremento de valor que experimentan dichos terrenos y se paga cuando se registra su transmisión, es decir cuando se cambia la titularidad catastral tras llevar las escritura al ayuntamiento.
El pago de dicho impuesto no es periódico, sino puntual. Se paga en el momento del registro de la transmisión de una vivienda (ya que con ella también se transmite parte del suelo) o terreno. Este impuesto responde a las mejoras que los ayuntamiento han realizado en la población para que una vivienda valga lo que valga gracias al entorno.
¿Por qué la Plusvalía Municipal en Navarra la paga el comprador?
La normativa navarra introduce la figura del “sustituto del contribuyente”, la cual es la que determina que el comprador pague un impuesto que por lógica debería pagar el vendedor. El contribuyente sería el vendedor, pero el comprador se convierte en sustituto del contribuyente al adquirir la vivienda. De esta manera, se le facilita a los ayuntamientos la tarea recaudatoria. Y esa es una de las principales razones por las que actualmente se está debatiendo dicha figura de «sustituto del contribuyente». El Defensor del Pueblo de Navarra, ha sugerido en el Parlamento que la Administración Local gire la plusvalía municipal en Navarra directamente al vendedor. De esta manera, algunos ayuntamientos de la comunidad foral giran el impuesto a la parte vendedora y otros a la parte compradora. Es importante asegurarse de la manera de proceder del ayuntamiento en cuestión antes incluso de firmar el contrato de arras.
¿Se puede negociar?
Sí. De hecho, se suele introducir en la negociación del precio de compraventa. Se puede pactar tanto en contrato privado como en escritura pública. Si se decide que irá a cuenta del vendedor, debe reflejarse en la escritura. Sólo de esta manera el comprador podrá pedir al vendedor que le devuelva el importe, puesto que la Administración tributaria se dirige siempre al comprador, por ser el “sustituto del contribuyente”. La escritura pública o el contrato privado no surten efectos ante la Administración, y por ello, aunque se pacte que la plusvalía municipal la paga el vendedor, se le cargará al comprador. Como ya hemos comentado, actualmente algunos ayuntamientos giran la plusvalía municipal a la parte vendedora y otros a la compradora. También será necesario tenerlo en cuenta a la hora de reflejarlo en el contrato de arras y de calcular los importes de los cheques para la hipoteca, el vendedor…
Otra opción, es que se haya negociado previamente que la plusvalía la pague el vendedor, pero en lugar de efectuar dicho pago, se deduce el importe del impuesto del precio final de venta. Dejando constancia en la escritura de tal acuerdo, para que el vendedor se lo pueda reducir en la declaración de la renta en el caso contrato de que pueda hacerlo. No siempre es posible reducírsela.
¿Se aplica la Plusvalía Municipal a fincas rústicas?
NO. Si el suelo no está inscrito como suelo urbano, no se paga plusvalía municipal en Navarra ni en ninguna otra comunidad. Aunque el terreno en cuestión tenga una caseta, o esté muy cerca de una casa, si consta como suelo rústico NO tiene que pagar plusvalía. Tampoco tienen que hacerlo (salvo excepciones) lo que está bajo rasante: trasteros, garajes, sótanos…
¿Si compro una vivienda nueva también tengo que pagarla?
Si la vivienda se compra a una persona particular, sí se debe pagar y en Navarra debe hacerlo la parte compradora. La Plusvalía Municipal hace referencia el incremento del valor del suelo, que no tiene por qué coincidir con la fecha de construcción de la vivienda.
Un caso aparte es el hecho de la compra de una vivienda nueva a un promotor, en dicho supuesto, es la empresa promotora la que debe hacerse cargo del pago de este impuesto. Incluso aunque se incluyera en el contrato una cláusula que obligara al comprador a pagar la plusvalía, dicha cláusula sería considerada abusiva.
Cálculo de la Plusvalía Municipal en Navarra
Se calcula aplicando al valor catastral del inmueble un porcentaje que varía en función de cada Ayuntamiento. En Navarra se puede consultar llamando al Ayuntamiento y facilitando nombre, apellidos y DNI del propietario que conste en escrituras y fecha de la última transmisión del inmueble. Es muy importante que se calcule desde la última transmisión que pagó el impuesto. Por ejemplo, las transmisiones de padres a hijos o de abuelos a nietos no pagan plusvalía, con lo cual habría que calcular el impuesto desde una transmisión anterior. No importa si fue donación, herencia o compraventa. Entre hermanos y tíos y sobrinos sí se genera Plusvalía Municipal, con lo cual se calcularía desde esta transmisión.
¿Por qué se sigue pagando a pesar de que el suelo ya no está incrementando su valor?
Este es un debate surgido a raíz de la bajada del precio tanto de inmuebles como de terrenos. Sin embargo, la Plusvalía Municipal es un impuesto real: el incremento de valor que grava se produce por ministerio de la Ley, es decir, sin tener en cuenta la variación del valor real o de mercado. Como hemos dicho, este impuesto responde a las mejoras que se realizan en una población y que en principio aumentan el valor de los terrenos. Sin embargo, ahora hay algunos ayuntamientos que la están actualizando a la baja, por considerar que el valor de las viviendas y del suelo urbano no está subiendo. Incluso ya hay un juzgado en San Sebastián que ha puesto en duda la constitucionalidad de este impuesto.
¿Se puede reducir fiscalmente la Plusvalía Municipal en Navarra?
Sí, para ello se debe entregar el justificante del pago a la hora de realizar la declaración de la renta. Hay que tener en cuenta que se trata de una reducción que se aplica sólo en el caso de que se deban pagar impuestos por la compra o la venta de la vivienda. En caso de que dicha venta no esté gravada, no habrá ningún gasto que reducir. Consulta más sobre desgravaciones y reducciones fiscales en materia de vivienda en este artículo.
Fuentes:
LA PLUSVALÍA EN NAVARRA: http://www.pamplona.es/verPagina.asp?idPag=20-42191
ORDENANZA FISCAL: http://www.pamplona.es/verdocumento/verdocumento.aspx?iddoc=339020
DEBATE SOBRE LA PLUSVALÍA: http://www.elderecho.com/administrativo/Plusvalia_municipal-ejecuciones_hipotecarias-sistema_tributario-Impuesto_sobre_el_Incremento_del_Valor_de_los_Terrenos_de_Naturaleza_Urbana_11_559180005.html