Registrar la transmisión de un inmueble en el Registro de la Propiedad es un trámite que nos puede parecer innecesario y prescindible, pero nada más lejos de la realidad. Para que una vivienda (o local, o terreno, o finca rústica…) conste a nuestro nombre debe estar registrada en el Registro de la Propiedad. También para que nuestro inmueble figure como pagado y libre de hipoteca será necesario registrar la cancelación de la hipoteca.
Registro de la Propiedad nº7 de Pamplona
El paso de registrar un inmueble a nuestro nombre es sencillo, pero exige que previamente hayamos realizado otra serie de trámites. Te detallamos los pasos necesarios en cada caso concreto.
Inscribir una compraventa en el Registro de la Propiedad
¿Por qué?: Para que la vivienda pase a estar a nuestro nombre una vez firmada la Escritura Pública de Compraventa en la notaría.
Trámites previos:
- Firma de la Escritura Pública de Compraventa. Tras la escritura, en notaría te proporcionarán la Copia Simple y unas semanas después las escrituras definitivas. Es necesario aportar uno de los dos documentos, pues son los que demuestran que realmente el inmueble es de tu propiedad.
- Liquidación de los impuestos que correspondan. En concreto el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en compraventa de vivienda de segunda mano) o el IVA (si has comprado obra nueva) y Actos Jurídicos Documentados (impuesto que se paga en el caso de que hayas contratado una hipoteca. Estos impuestos se pagan en Hacienda Navarra o en las Oficinas Liquidadoras que se encuentran en los Registros de la Propiedad.
IMPORTANTE: en el caso de compraventa, en Navarra el plazo para liquidar los impuestos es de dos meses días hábiles desde la fecha de la escritura.
¿Qué hacer?: reúne toda la documentación y preséntala en el Registro de la Propiedad que te corresponda. Si tienes dudas, consulta la nota simple que habrás firmado junto al contrato de arras, allí te aparecerá el número de registro y la localidad.
¿Cuánto tarda?: El registro tarda 15 días hacer constar en la nota simple el cambio de titularidad de la vivienda. Será entonces cuando te devuelva la documentación que presentaste. Una vez registrada la compraventa, el Registro de la Propiedad te llama o te envía un sms y puedes pasar a recoger la documentación y efectuar al pago correspondiente.
Inscribir una herencia en el Registro de la Propiedad
¿Por qué?: Para el alta de suministros, para estar al día de impuestos o para poder realizar una operación con el inmueble heredado, es imprescindible que la vivienda conste a nuestro nombre. No podemos vender ni alquilar una propiedad que no esté registrada a nuestro nombre y por ello es necesario, una vez aceptada la herencia, registrarla en el Registro de la Propiedad
Trámites previos:
En un artículo anterior, ya te explicamos con detalle la documentación necesaria que debes presentar en notaría para aceptar la herencia y conseguir las Escrituras de Aceptación de Herencia. Este es el primer paso para poder registrarla.
Los documentos necesarios son:
- Certificado de Últimas Voluntades
- Certificado del seguro de cobertura del fallecimiento
- Testamento del causante o declaración de herederos en acta notarial o auto judicial
- Certificados bancarios
- Datos catastrales y valoraciones de dichos bienes
- Datos personales de la persona herederas
- Gastos de entierro y funeral
Tras la aceptación de herencia, deberás pagar el Impuesto de Sucesiones. El importe de este impuesto depende del grado de parentesco entre la persona fallecida y las personas herederas y del importe del inmueble heredado. Consulta en Hacienda ante cualquier duda.
IMPORTANTE: en el caso de herencias, en Navarra el plazo para liquidar el impuesto de sucesiones es de seis meses a contar desde el fallecimiento del causante. Este plazo se amplía a 10 meses si el fallecimiento ha ocurrido en el extranjero.
En el momento en el que aceptes la herencia, también deberás pagar la Plusvalía Municipal. El pago de este impuesto no se realiza si quienes heredan son ascendientes, descendientes o cónyuges de la persona fallecida.
¿Qué hacer?: reúne toda la documentación y preséntala en el Registro de la Propiedad que te corresponda. Hay casos en los que no es necesaria realizar la escritura de aceptación de herencia en notaría y basta presentar los documentos antes mencionados directamente en el Registro de la Propiedad, por ejemplo, en el caso de haya una única persona heredera (en el cuyo caso hay que presentar un Modelo de Aceptación de Herencia ) o no hubiera testamento en el momento del fallecimiento (cuando será necesaria una “declaración de herederos ab intestato”).
¿Cuánto tarda?: El registro tiene un máximo de 15 días para hacer constar en la nota simple el cambio de titularidad de la vivienda. Será entonces cuando te devuelva la documentación que presentaste o te informe de si ha habido algún problema que impida la inscripción. Una vez registrada la herencia, el Registro de la Propiedad te llama o te envía un sms y puedes pasar a recoger la documentación y efectuar al pago correspondiente.
Inscribir una donación en el Registro de la Propiedad
¿Por qué?: Por los mismos motivos que hemos especificado en el caso de compraventas o herencias. Además para la persona donante, que la vivienda siga constando a su nombre en el Registro de la Propiedad puede suponerle algún contratiempo.
Trámites previos:
- Firma de la Escritura Pública de Donación en notaría. Tras la escritura, en notaría te proporcionarán la Copia Simple y unas semanas después las escrituras definitivas. Es necesario aportar uno de los dos documentos, pues son los que demuestran que realmente el inmueble es de tu propiedad.
- Liquidación de los impuestos que correspondan. En concreto el Impuesto de Donaciones y la Plusvalía Municipal. Como ya hemos explicado, la Plusvalía Municipal no se realiza en el caso de donaciones entre ascendientes, descendientes o cónyuges.
IMPORTANTE: en el caso de donaciones, en Navarra el plazo para liquidar los impuestos es de dos meses días hábiles desde la fecha de la escritura.
¿Qué hacer?: reúne toda la documentación y preséntala en el Registro de la Propiedad que te corresponda.
¿Cuánto tarda?: El registro tiene un máximo de 15 días para hacer constar en la nota simple el cambio de titularidad de la vivienda. Mientras tanto, se queda toda la documentación. Haz copias para ti si crees que vas a necesitarla para algún otro trámite en ese plazo. Una vez registrada la donación, el Registro de la Propiedad te llama o te envía un sms y puedes pasar a recoger la documentación y efectuar al pago correspondiente.
Inscribir una cancelación de hipoteca en el Registro de la Propiedad
¿Por qué?: Este trámite es necesario para que la hipoteca desaparezca como una carga sobre nuestra propiedad. Que tú hayas acabado de pagar la hipoteca y, por tanto, se haya dado extinción de la deuda, no produce la desaparición de la carga en el registro.
Trámites previos:
- Firma de la Escritura Pública de Cancelación de Hipoteca en notaría. Si no has vendido tu casa en el momento de cancelar la hipoteca, deberás firmar este documento en notaría cuando te interese, pues NO ES UN TRÁMITE OBLIGATORIO. Te aconsejamos hacerlo en el mismo momento de la cancelación. Si cancelas la hipoteca con la venta de tu vivienda, lo usual es firmar la cancelación en el mismo momento en que se firma la compraventa.
- Acudir a Hacienda y sellar los impresos necesarios. En la Hacienda Foral no es necesario abonar cantidad ninguna en un principio, pero sí presentar la Copia Simple. Hacienda se quedará la Copia Simple.
¿Qué hacer?: reúne toda la documentación (la Escritura Original de Cancelación y los impresos sellados por Hacienda) y preséntala en el Registro de la Propiedad que te corresponda.
¿Cuánto tarda?: El registro tiene un máximo de 15 días para hacer constar en la nota simple la cancelación de la hipoteca. Mientras tanto, se queda toda la documentación. Haz copias para ti si crees que vas a necesitarla para algún otro trámite en ese plazo. Una vez registrada la cancelación, el Registro de la Propiedad te llama o te envía un sms y puedes pasar a recoger la documentación y efectuar al pago correspondiente.
A tener en cuenta: cuando vendes una vivienda con parte de la hipoteca pendiente de pagar, normalmente es tu banco o el de la parte compradora quien realiza este trámite. Asegúrate de que se va a realizar.
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